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El Gobierno aprueba los requisitos exigibles a entidades de control de calidad de la edificación

EP · 30-03-10

El Consejo de Ministros aprobó hoy un Real Decreto que desarrolla los requisitos exigibles a las entidades de control y a los laboratorios de ensayos de calidad de la edificación para el ejercicio de su actividad.

El Consejo de Ministros aprobó hoy un Real Decreto que desarrolla los requisitos exigibles a las entidades de control y a los laboratorios de ensayos de calidad de la edificación para el ejercicio de su actividad.

Este Real Decreto sustituye la regulación de 1989 y supone, con carácter básico, la modificación de los requisitos de índole técnica y formal que deben cumplir estas entidades y laboratorios y la adecuación de estos requisitos a lo establecido por la nueva redacción de la Ley de Ordenación de la Edificación para estos agentes.

Una de las novedades que aporta el texto es la introducción del concepto de 'declaración responsable', documento que será preciso presentar ante el organismo competente de la comunidad autónoma en la que se ubique la sede social o profesional de la entidad o el establecimiento físico del laboratorio.

De esta forma, se posibilita el ejercicio inmediato de la actividad, reduciendo las cargas administrativas y simplificando el procedimiento, indicó el Gobierno.

MAYOR TRANSPARENCIA.

Por otro lado, para proporcionar la máxima transparencia de las actuaciones de estas entidades y laboratorios, se modifica el artículo 4 de la Parte I del Código Técnico de la Edificación (CTE) que permitirá su inscripción en el Registro General de este Código.

Asimismo, se constituye la subcomisión administrativa para la Calidad de la Edificación, dentro de la estructura del Consejo de la Sostenibilidad, Innovación y Calidad de la Edificación, que permitirá la colaboración entre las administraciones implicadas, a efectos de facilitarse información y realizar la supervisión, el control, inspección e investigación de las actuaciones de estos agentes.


 

 

 

 

 

 
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